El por qué de una Comisión de Vigilancia

Las Comisiones de Vigilancia responden a la necesidad de tener un órgano de control autónomo dentro de una Institución Gubernamental, Organización Sindical, o Asociaciones Civiles, cuya función es la de vigilar, controlar, supervisar, evaluar, dictaminar y auditar, según sea el caso; con la única finalidad de transparentar las acciones de los organismos y sus representantes. 

Es así como en el año de 1836 se crea la “Comisión Inspectora” de la Auditoría Superior de la Federación, que depende de la Cámara de Diputados, con la finalidad de supervisar a la Contaduría Mayor de Hacienda, actualmente es la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.

En el año 1984 se instala la Comisión de Vigilancia del Instituto de Seguridad y Servicios sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), cuyas funciones son las de ser un órgano promotor de transparencia y rendición de cuentas,

Con respecto al Instituto Nacional Electoral, se crea la Comisión Federal de Vigilancia Electoral en el año 1946, en el año 1956 cambia a Comisión Electoral encargada de observar los procesos electorales federales (Presidente de la República) y de los miembros del Congreso de la Unión, la Comisión electoral a su vez cuenta con Comisiones de Vigilancia (órganos colegiados del INE) que supervisan la integración y depuración del padrón electoral entre otras funciones.

En diciembre del año 1972 se aprueba la Ley sobre el Régimen de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, posteriormente se abroga por no ponerse en práctica y en el año de 1998 se emite una nueva Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal (LPCIDF). Esta ley tiene por objeto regular la constitución, modificación organización, funcionamiento, administración y terminó del régimen de propiedad en condominio, regula las relaciones entre condóminos y la administración. La Asamblea General designa al presidente, Secretario de Actas, Comisión de Vigilancia y al Administrador del Condominio. 

En lo que respecta a nuestra Asociación Sindical, podemos consultar las facultades y atribuciones de la Comisión de Vigilancia en nuestro Estatuto en vigor, en sus Artículos 88, 89, 90, 91 fracciones I a X, 92, 93 y 94, Capítulo XI De la Comisión de Vigilancia, entre otras conferidas. 

Se integra por un Presidente, un Secretario y un Vocal, son autónomos, trabajan en colegiado para las investigaciones y también vigilan los procesos electorales entre otras funciones. 

 

En conjunto  con el Tribunal de Honor y Justicia, conforman el órgano de legalidad de nuestro Sindicato.

Conclusión 

Existen también Comités Ciudadanos, como mecanismos de participación y acceso a la información, mediante los cuales los ciudadanos intervienen en la gestión pública contribuyendo a su transparencia y democracia.

Lo anterior descrito nos sitúa en la importancia y el porqué de la creación de una Comisión de Vigilancia en las diferentes organizaciones, es el órgano autónomo regulador y mediador entre las partes, establece las reglas de convivencia y disciplina básicas para el buen funcionamiento de una organización, protege sus bienes y a sus integrantes, vigila el cumplimiento de reglamentos, estatutos, contratos, investiga conflictos entre sus miembros o dirigentes, mantiene el equilibrio y orden necesarios. Cada organización le otorga facultades específicas dependiendo de sus características, todas ellas descritas en sus Estatutos o Reglamentos. Ser integrante de una Comisión de Vigilancia, implica gran responsabilidad, compromiso y un agudo sentido de justicia. 

El ocho de abril del año 1960, se firma el Acta Constitutiva de la  ASSA de México, quedando legalmente constituido, con la denominación de Asociación Sindical de Sobrecargos de Aviación de México. Los miembros de la  Comisión de Vigilancia han desarrollado su encomienda, por y para el beneficio de todos los agremiados bajo el lema que nos distingue desde entonces: “POR LA RAZÓN Y LA JUSTICIA SOCIAL”.


Miriam González
Ejecutiva de Servicios a Bordo
en Aeroméxico
ASSA de México
Marzo, 2022
Año 1, Número 1

Referencias

Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación

http://www5.diputados.gob.mx/index.php/camara/Comision-de-Vigilancia-de-la-Auditoria-Superior-de-la-Federacion2

Comisión de Vigilancia del Instituto Nacional Electoral

Comisión Nacional de Vigilancia

Comisión de Vigilancia y Fiscalización del STUNAM

https://www.stunam.org.mx/

Ley de la Propiedad en Condominio de Inmuebles

http://aldf.gob.mx/archivo-7dc7f3b47a62571628c7a3177b932a98.pdf

 

Estatuto Asociación Sindical de Sobrecargos pp…3,4, 34,35 y 36:

 https://assa.org.mx/